Prórroga de los ERTES 2021

 

El gobierno, la patronal y los sindicados han llegado a un acuerdo para prorrogar, hasta el próximo 31 de mayo, todos los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE’s). Conviene recordad que su vigencia finalizaba el pasado 31 de enero, tras la última prórroga llevada a cabo por los organismos mencionados anteriormente.

Es importante conocer que la prórroga tendrá carácter automático. Por lo tanto, las empresas no tendrán que tramitar nuevas solicitudes. De este modo, se trabaja para no seguir colaborando al colapso que sufre el Servicio Público de Empleo Estatal desde que comenzó el Estado de Alarma.

Fecha de revisión, no de caducidad

Uno de los puntos en los que todos los organismos presentes estuvieron de acuerdo fue precisamente lo relacionado con el carácter automático de esta nueva prórroga. No obstante, si existió un punto en el que no se logró alcanzar un consenso fue lo relacionado con la fecha de caducidad. El secretario general de la UGT criticó el hecho de que el Gobierno vuelva a fijar una fecha de finalización en este tipo de expedientes. Según el mismo, habría que colocar una “fecha de revisión, no de caducidad”.

No obstante, y según afirman todas las partes implicadas, se trabaja para celebrar una perspectiva optimista con respecto a las próximas reuniones. Que seguirán favoreciendo la renovación de los ERTEs siempre y cuando sea necesario llevarlo a cabo.

Uno de los puntos que queda a la espera de poder cerrarse por completo es lo relacionado con la exoneración de las cotizaciones sociales. Actualmente, la mayoría de las empresas que se encuentran en ERTE están exoneradas de abonar entre el 70 y el 100% de las cuotas que pagas a la Seguridad Social por sus trabajadores. La patronal quiere que la exoneración sea total en todos los casos. Puesto que, según afirma, el estado de muchas de las empresas que se encuentran en ERTE es crítico.

Cláusula de mantenimiento del empleo

Uno de los puntos que generó una mayor disconformidad entre todos los agentes presentes en la ecuación fue lo relacionado con la presencia de una cláusula de mantenimiento del empleo. En la actualidad, conviene conocer que no se puede despedir a ningún trabajador en los seis meses posteriores a su reincoporación al trabajo.

En el caso de que se produzca este despido, se deberá devolver todas las cuotas exoneradas de todos los empleados afectados por el expediente de regulación. Tanto el Ministerio de Trabajo como los sindicatos no quieren modificar esta cláusula. No obstante, la patronal no está de acuerdo. Puesto que muchas empresas no tendrán más remedio que echar a sus empleados en el momento en el que recuperen su actividad. Especialmente las que están relacionadas con el sector servicios. Más concretamente, todo lo que tenga una implicación directa con el turismo.

La propuesta es que se devuelvan únicamente las cuotas exoneradas de los trabajadores despedidos. No de todos los que están incluidos en el ERTE.

Como se puede comprobar, todavía quedan algunos flecos por negociar de cara a las próximas reuniones. Blindar el empleo, uno de los grandes objetivos que persiguen todos los organismos implicados.