Qué son los días de cortesía en las notificaciones de la AEAT

¿Eres autónomo o tienes una empresa y te marchas de vacaciones? Entonces, esto te interesa. ¿Qué son los días de cortesía en las notificaciones de la AEAT?

Cuando llegan las tan ansiadas y merecidas vacaciones, lo último que se desea es estar pendiente de notificaciones y menos de la Agencia Tributaria, puesto que hay que preparar documentación, contestar al requerimiento, etc. Ahora te puedes ir tranquilamente a disfrutar de unos días de descanso y pedir que durante ese tiempo no se produzcan notificaciones.

Qué son los días de cortesía en las notificaciones de la AEAT, quién los puede solicitar y cómo hacerlo

Qué son

Se trata de un plazo concedido por la administración tributaria durante el cual las notificaciones telemáticas quedan en suspenso en las fechas que el contribuyente así lo solicita, evitando de este modo que el plazo legal para contestar comience durante el período vacacional.

Aunque deberás tener en cuenta que si el procedimiento es urgente o considerado de gran importancia, la AEAT puede notificar por la vía tradicional, es decir, en papel.

Quién los puede solicitar

Todos aquellos obligados tributarios que estén incluidos en el sistema de notificaciones telemáticas en Dirección Electrónica Habilitada (DEH), ya sea de manera obligatoria o voluntaria. Este requisito es imprescindible, si no se está incluido en él, se puede realizar el trámite y luego solicitarlos. Aunque si se hace voluntariamente, deberás indicar en qué procedimientos deseas que te notifiquen telemáticamente.

Por tanto, los obligados tributarios que los pueden solicitar son:

  • Sociedades Anónimas y Limitadas.
  • Sociedades civiles y comunidades de bienes, herencias yacentes y comunidades de propietarios.
  • Autónomos y personas físicas que lo soliciten de manera voluntaria.

Cuántos días son y cuándo hay que solicitarlos

Dispones de un máximo de 30 días naturales al año que puedes distribuir como quieras porque no tienen que ser consecutivos.

La solicitud debe realizarse como mínimo 7 días naturales antes del inicio del período de vacaciones.

Cómo se solicita

La solicitud se realiza online en la Sede Electrónica de la AEAT. Recuerda que debes disponer de un certificado digital.

Si necesitas solicitar los días de cortesía en las notificaciones de la AEAT, cuenta con los servicios que una gestoría de calidad como la nuestra te presta para hacerlo.