Categoria: Uncategorised
Novedades para la conciliación familiar de madres autónomas
En la próxima reforma de la ley de autónomos, se ha tenido en cuenta la dificultad de compaginar el cuidado de los hijos con el trabajo por cuenta propia. Por eso se han incorporado las siguientes novedades para la conciliación familiar de madres autónomas. Continua llegint “Novedades para la conciliación familiar de madres autónomas”
Los errores que más cometen los emprendedores
Emprender es un reto maravilloso al que no debes temer, pero si respetar. Para ayudarte a lograr tu objetivo, te vamos a contar los errores que más cometen los emprendedores para que los evites y consigas alcanzar el éxito. Continua llegint “Los errores que más cometen los emprendedores”
Rebaja del IVA para los espectáculos en vivo
El pasado 28 de junio fueron publicados en el BOE los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2017. Y en ellos iba incluida una rebaja del IVA para los espectáculos en vivo que entraba en vigencia al día siguiente. Continua llegint “Rebaja del IVA para los espectáculos en vivo”
Rebaja del IRPF para 2018
El pasado martes 11 de julio fue aprobado el techo de gasto correspondiente al año 2018 en el Congreso. El citado proyecto conlleva una significativa rebaja del IRPF para 2018. Continua llegint “Rebaja del IRPF para 2018”
Plazos de pago para autónomos y pymes por parte de empresas privadas
Uno de los grandes problemas que llevan padeciendo desde hace tiempo estos dos sectores son los retrasos en los plazos de pago para autónomos y pymes por parte de empresas privadas. Te vamos a explicar cuáles son los plazos en general. Continua llegint “Plazos de pago para autónomos y pymes por parte de empresas privadas”
Novedades en gastos de manutención para autónomos
Se producen nuevas e interesantes noticias respecto a los trabajadores por cuenta propia. Vamos a ver las últimas novedades en gastos de manutención para autónomos. Continua llegint “Novedades en gastos de manutención para autónomos”
¿Por qué no he cobrado aún la devolución de la Renta?
¿Has presentado la declaración de la renta con el resultado a devolver y aún no has recibido la transferencia? No te preocupes, nosotros te respondemos a la típica pregunta de ¿por qué no he cobrado aún la devolución de la Renta? Continua llegint “¿Por qué no he cobrado aún la devolución de la Renta?”
Cambios en la cuota de autónomos
Una vez aprobados los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al ejercicio 2017 en el Congreso, se puede observar que estos contemplan importantes cambios en la cuota de autónomos. Continua llegint “Cambios en la cuota de autónomos”
Novedades Renta 2016. Devolución de cláusulas suelo
Si eres de los contribuyentes a los que le han devuelto el importe cobrado de más por este concepto en la hipoteca, sigue leyendo porque te interesan las novedades Renta 2016 y la devolución de cláusulas suelo.
Debido a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció la devolución de todo lo percibido por esta causa, ya hay contribuyentes que han recibido la cantidad correspondiente a lo pagado, y es por eso que hay que tener en cuenta la obligación que se deriva en el impuesto. Vamos a ver cuáles son.
Novedades Renta 2016 en la devolución de cláusulas suelo
- La normativa establece que no se incluirán en la declaración de la renta de las personas físicas:
- Ni las cantidades recibidas en concepto de devolución de los intereses pagados de más.
- Ni aquellos intereses percibidos por el contribuyente como indemnización por el perjuicio ocasionado.
- La AEAT establece una excepción a esta disposición y es la siguiente:
- Si los intereses cobrados como devolución de cláusulas suelo fueron deducidos anteriormente como adquisición de la vivienda habitual tanto de manera general como en la parte autonómica, deberán ser devueltos en la parte que corresponda por los ejercicios no prescritos sin que haya sanción, intereses de demora, ni recargo. Si la sentencia se ha producido en el ejercicio 2016, se deberá incluir en la declaración correspondiente a este ejercicio por el importe rectificado.
- Si se llega a un acuerdo con la entidad financiera para que no se produzca la devolución sino que se compense con las cantidades pendientes de pago de la hipoteca, entonces no procederá regularización de ningún tipo.
- Si la devolución afecta a los intereses considerados como gastos deducibles por alquiler de vivienda o actividades económicas, habrá que proceder a la realización de declaraciones complementarias por la diferencia en los ejercicios que no hayan prescrito. Al igual que en el caso anterior, no se impondrán sanciones ni habrán recargos ni intereses de demora.
Dentro de las novedades Renta 2016 la devolución de cláusulas suelo es de las más significativas. Si es tu caso, no dudes en acudir a profesionales que te ayudarán a proceder de la manera correcta.
En qué consiste el Suministro Inmediato de Información del IVA
El pasado 2 de Diciembre de 2016 se produjo una de las mayores novedades a nivel tributario de todos los tiempos. ¿Quieres saber cuál? Te decimos en qué consiste el Suministro Inmediato de Información del IVA.
Se trata de un cambio muy interesante en las relaciones entre las empresas y la AEAT en materia tributaria, puesto que resulta una innovación tecnológica y de comunicación digital que no se ha realizado nunca hasta ahora.
Otra de las consecuencias importantes que tiene es el porcentaje tan alto de empresas que se van a ver afectadas, ya que representará el 80% de la facturación que se produce actualmente en España.
En qué consiste el Suministro Inmediato de Información de IVA y quién está obligado
- Consiste en el suministro de manera electrónica a la AEAT, mediante mensajes cifrados electrónicamente, de los datos obrantes en los Libros Registro del IVA. Es decir:
- Facturas recibidas
- Facturas emitidas
- Bienes de inversión
- Operaciones Intracomunitarias
En dichos documentos deben ser incluidos los siguientes datos:
- Datos fiscales del cliente o proveedor: Nombre y NIF.
- Número y serie, si la tienen, de las facturas.
- Fechas de las facturas:
- Cuando sean registradas contablemente o de devengo cuando sean facturas recibidas.
- La de expedición si son emitidas.
- Emisor y receptor.
- Texto descriptivo de la operación.
- Importe correspondiente a cada una de las operaciones
- Base Imponible
- Tipo de IVA que se aplica
- Cuota resultante de haber aplicado el IVA.
- Número de documento aduanero (DUA), en el caso de que sean importaciones.
- Cualquier información tributaria que tenga importancia si así lo establece la Orden Ministerial.
Deben ser remitidos los Libros ya que las facturas no serán admitidas.
- Los obligados serán los siguientes:
- Grandes empresas que tengan una facturación superior a 6.010.121,04€, durante el ejercicio anterior.
- Aquellos que se encuentren inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
- Los grupos de IVA.
- Aquellas empresas que lo deseen de forma voluntaria.
Una vez que conocemos en qué consiste el Suministro Inmediato de Información del IVA, debes tener en cuenta que su aplicación será obligatoria a partir del 1 de Julio de 2017, por tanto si estás sujeto a dicha obligación, lo mejor es acudir a una gestoría que te ayude a gestionar este cambio.