Categoria: Declaración de la renta
¿A partir de cuánto debo comenzar a hacer la declaración de la renta?
Como cada año cuando comienza la campaña de la renta, son muchas las cuestiones que se preguntan la mayoría de los contribuyentes de nuestro país. Este año, los interrogantes en torno a la Declaración de la Renta son todavía mayores, como consecuencia de los ERTE sufrimos a raíz de la pandemia causada por la COVID 19.
Históricamente, conocer cuándo estábamos obligados a llevar a cabo la declaración de la renta era relativamente sencillo. No existían cambios destacables salvo que hubiéramos cambiado de trabajo durante los 12 meses anteriores. No obstante, esta año la situación ha cambiado de manera considerable. Por ello, desde Marquès Assessors hemos llevado a cabo una pequeña radiografía para ayudarte a entender quién debe presentar la declaración durante esta campaña.
¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?
Están obligados a declarar en Hacienda todas las personas con derecho a deducciones por inversión en vivienda, cuenta ahorro en empresa o en aquellos casos en los que se hayan realizado aportaciones a patrimonios. No obstante, en estos casos no se obliga a tener que pagar a Hacienda. Sino que dependerá del resultado de la misma.
No obstante, y pese a las circunstancias descritas anteriormente, los ingresos continúan siendo el principal indicador a la hora de determinar quiénes están obligados a declarar el IRPF.
El mínimo de ingresos necesarios
La pregunta básica que se repite en esta época del año siempre es la misma: ¿Hasta cuando podemos ganar sin necesidad de tener que hacer la declaración de la renta? En este caso, con carácter general, conviene tener en cuenta que todos los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores a los 22.000 euros brutos al año en un mismo pagador están exentos de tributar.
Si quieren, pueden hacerlo. Pero no existe obligación. En la mayoría de los casos, únicamente se presenta si el resultado sale a devolver. Siendo una de las estrategias más comunes. No obstante, conviene tener en cuenta que existen excepciones.
En el caso de que exista más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas por el primer pagador y los restantes no podrán superar los 14.000 euros. Por lo tanto, la inmensa mayoría de pluriempleados están obligados a hacerla.
El ERTE, segundo pagador
Este año, por sus características tan extraordinarias, ha obligado a que la inmensa mayoría de los ciudadanos tengan un segundo pagador, el Estado. Pese a las dudas iniciales, conviene saber que el ERTE actúa como un segundo pagador al que conviene tener en cuenta.
En este caso, tendrás que hacer la renta si:
- Has cobrado más de 14.000 euros en total y más de 1.500 euros del SEPE por el ERTE.
- Has cobrado más de 22.000 euros y menos de 1.500 euros del SEPE.
Como puedes comprobar, son muchos los casos particulares que conviene tener en cuenta para analizar el impacto de la renta. En Marquès Assessors podemos ofrecerte a encontrar la mejor opción de acuerdo a todas tus necesidades. ¿A qué esperas para contactar con nosotros?
Cataluña, a la espera del nuevo gobierno para afrontar las reformas laborales y fiscales
Inmersos en plena cuarta ola, las elecciones de Cataluña son uno de los temas de mayor actualidad a los que podemos acceder en la actualidad. La situación catalana alcanza uno de los elementos de mayor tensión que podemos encontrar en el panorama actual. Un panorama profundamente marcado por la evolución de la COVID 19, que no ayuda a poder dictaminar las demandas necesarias para afrontar las reformas laborales y fiscales que necesita la región.
El pasado martes fue la segunda investidura fallida del gobierno catalán. Una situación que ha obligado a que Junts y ERC tengan que comenzar una nueva ronda de negociaciones para tratar una segunda investidura. Prevista, inicialmente, para Sant Jordi. No obstante, la realidad es que todavía una gran cantidad de flecos que conviene resolver con el objetivo de poder alcanzar el mejor resultado y poder volver a reconstruir Cataluña laboral y financieramente.
Una nueva convocatoria de elecciones amenaza el orden catalán
Junts ha hecho público su deseo de no llegar a una nueva convocatoria de elecciones. En caso de producirse, el orden catalán podría estar en juego en un escenario tan complejo como ante el que nos encontramos en la actualidad. Con una gran cantidad de persona que dependen de las decisiones del gobierno para poder volver a un nuevo escenario económico que resulte favorable para la sociedad actual, uno de los grandes retos a los que nos debemos enfrentar en la actualidad.
Según afirmó Junts, todos los indicadores demuestran que será Pere Aragonés el próximo representante del pueblo catalán. No obstante, la realidad parece que todavía queda un largo camino por recorrer, especialmente si se tiene en cuenta la gran cantidad de temas conflictivos que todavía se están tratando.
Un reto de grandes dimensiones
Elementos tales como la dirección general de Mitjans de Comunicacions y la secretaria de Difusión, los dos elementos encargados de gestionar la relación entre las empresas periodísticas y al publicidad institucional del Govern son algunos de los temas más controvertidos. No obstante, no son los únicos.
La reforma necesaria en el ámbito laboral y de la fiscalidad son otros dos de los temas más caliente. Que demuestran que todavía quedan largas rondas de negociación para poder alcanzar el mejor resultado posible para sus ciudadanos. Y es que no conviene olvidar que, tal y como ya hemos mencionado, es la región catalana una de las zonas geográficas que mayor incidencia han acumulado en materia de coronavirus. Y, por ende, también una de las regiones en las que urge una reforma que permite adaptar el marco laboral a la nueva realidad.
El pueblo catalán queda, por tanto, en manos de las próximas reuniones del Govern.
Medidas para modificar la renta de los locales de negocio
Desde el pasado 14 de marzo, y durante la duración de todo el estado de alarma, han sido muchos los locales que se han visto obligados a paralizar su actividad a consecuencia de la situación en la que nos encontramos. Una situación que, más allá del impacto económico que provoca en muchos sectores, ha obligado a tener que redefinir la legislación vigente en torno a muchas cuestiones.
Entre todas ellas, es importante que tengamos en cuenta las diferentes medidas que conviene obedecer para poder modificar la renta de los locales de negocio. Una cuestión especialmente interesante para todos aquellos propietarios de un local que necesita de una ayuda para poder encontrar un equilibrio entre sus gastos y sus ingresos.
¿Qué mecanismos existen para modificar la renta durante el estado de alarma?
Son dos los mecanismos legales analógicos que pueden ser utilizados por los arrendatarios del local de negocios para suspender o aminorar el importante de la renta durante los meses que dura el estado de alarma. Es importante señalar en esta cuestión lo relacionado con el concepto de analógico. Esto quiere decir que no existe ninguna vía específica para fundamentar una petición de condonación o de aminoración de la renta del local del negocio.
Como consecuencia de esta situación, son los siguientes elementos los que se pueden solicitar su aplicación analógica:
- La aplicación del artículo 26 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Prevé que la vivienda sea inhabitable por unas obras acordadas por la autoridad competente. El arrendatario tendrá la opción de suspender el contrato y el pago de la renta hasta al finalización de las obras.
En el caso de arrendamientos del local, es posible asimilar esas obras acordadas por la autoridad, a la declaración del estado de alarma decretado por el Gobierno de la Nación. En ambas decisiones administrativas, se imposibilita llevar a cabo la actividad económica.
Desde este punto de vista, es posible suspender los efectos económicos del contrato de arrendamiento. Concretamente, lo referente con el pago de la renta hasta la finalización del estado de alarma.
- La aplicación del artículo 1.575 del Código Cividl prevé que el arrendatario de finca rústica tendrá derecho a una rebaja de la renta en caso de pérdida de más de la mitad de los frutos de la explotación de esa finca.
De esta compensación se desprende que pueda ser funcional para casos fortuitos, extraordinarios e imprevistos.
Como se puede comprobar, las vías existentes no son definitivas. Y tampoco puede asegurarse su correcta aplicación. No obstante, es importante tener en cuenta que la situación social y económica generada por la crisis del de la COVID 19 obligará a que los tribunales tengan que pronunciarse hasta alcanzar el acuerdo definitivo.
Desde Marquès Assesors disponemos de un equipo de especialistas para poder solventar cualquier situación que se pueda presentar durante este momento. La gran cantidad de elementos que intervienen en este tipo de situaciones requieren de ayuda profesional. Confía en nuestros especialistas y eleva tu tranquilidad a un nivel superior.
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