Despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo 2020
En España, el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, o absentismo, es justificado siempre y cuando el trabajador haya faltado reiteradamente a la jornada laboral.
En otras palabras, un empresario puede realizar tanto un despido disciplinario o uno objetivo cuando el trabajador se ausente de su puesto de trabajo de forma injustificada.
Una parte esencial del contrato de trabajo entre un trabajador y su empleador es que el trabajador cumpla con la jornada laboral estipulada en el contrato laboral. Estas faltas permitirían al empresario resolver esa situación mediante un despido.
Pero deben cumplirse ciertos requisitos para que sea viable un despido objetivo o disciplinario. El despido objetivo es aquel en el que el empresario debe pagar al trabajador una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, además de dar un preaviso de 15 días.
Faltas de asistencia
No asistir al trabajo es un incumplimiento sancionable del empleado siempre y cuando la falta sea reiterada y adquiera un carácter de gravedad. El empleado debe presentar pruebas de las inasistencias del trabajador y de que ha incumplido la obligación contractual.
Por su parte, al trabajador le tocará presentar pruebas que justifiquen las faltas, si quiere que no lo sancionen. Estas faltas se refieren exclusivamente a las jornadas laborales que debe cumplir, no a días naturales de 0 a 24 horas.
Por ejemplo, si la jornada laboral incluye trabajar los sábados por la mañana, y no asiste, se tomará como una falta completa de asistencia.
Si el trabajador falta repetidamente al trabajo, o no asiste, tú como empresario deberás demostrar la voluntad extintiva del trabajador (es decir, su voluntad de abandonar el empleo), pues de lo contrario, si esa voluntad extintiva no se deduce claramente, podrías generar una condena por despido improcedente, en el caso de que el trabajador reclame.
Lo más recomendable es que ante las faltas repetidas y continuadas del empleado durante varios días sin justificación, procedas con un despido disciplinario. El despido disciplinario no acarrea ningún pago al trabajador.
Impuntualidad en el trabajo
La impuntualidad es un incumplimiento del trabajador, pues debe estar presente en su lugar de trabajo tanto al comenzar la jornada como al terminarse. Hay impuntualidad si se llega tarde o si se producen ausencias durante la jornada laboral.
Es decir, la impuntualidad es el incumplimiento del horario laboral establecido, y para alcanzar la gravedad en la que sea necesario el despido objetivo, esta impuntualidad deberá ser repetida y alcanzar los niveles cuantitativos especificados en el convenio colectivo.
Repetición de las faltas de asistencia al trabajo
Las faltas deben ser repetidas en el tiempo, y deben ser cuantitativamente significativas. Debes analizar los motivos que el trabajador tuvo para no asistir, pero también el momento en que sucedieron y las posibles consecuencias para tu empresa.
No hay una cantidad estipulada de faltas en el ET, por eso se necesita un análisis de tu parte como empresario, y establecer un número determinado en el convenio colectivo, de modo de tener las reglas lo más claras posible.
Si el trabajador no presenta justificación es un elemento causal del tipo de despido. Sin embargo, de cara a la situación de emergencia sanitaria, desde el 18 de febrero de 2020, el Gobierno derogó el despido por inasistencia.
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